domingo, 21 de septiembre de 2014

Indormación sobre la adopción en Thailandia

Thailandia firmó el Convenio de la Haya relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en Materia de Adopción Internacional en abril de 2004 y entró en vigor en agosto de ese mismo año. Las adopciones se tramitan en base a la Ley de Adopción del Niño de Thailandia de 1979, modificada por íltima vez en el año 1990. El Ministerio de Sanidad Servicios Sociales e Igualdad de España permite tramitar expedientes de adopción en dicho país por la vía del "protocolo público". Actualmente no existe ninguna Ecai en España que tramite adopciones en dicho país.

(INFORMACIÓN ACTUALIZADA EN ABRIL DE 2016)

QUIEN PUEDE ADOPTAR:
  •  Persona sola (mujer) o matrimonios.
  •  Tener una edad de más de 25 años. 
  • Tener una diferencia de 15 años mínimo con el adoptando. 
  • Las familias tailandesas tienen prioridad para adoptar dado que las autoridades tailandesas solicitan que el menor mantenga el contacto con el país de origen, tienen preferencia aquellos que tengan algún tipo de conexión con Tailandia o aquellas agencias o países que tengan una tradición de contacto con Tailandia y ayuden a mantener este contacto. Aunque se acepta la adopción por monoparentales (mujeres), es difícil que en la práctica se lleven a cabo, debido al gran número de parejas en espera.
QUIEN PUEDE SER ADOPTADO:

- Solo pueden ser adoptados los menores de edad cuyos padres hayan consentido a la adopción, huérfanos o abandonados o de filiación desconocida. 
- Si el adoptado tiene más de 15 años debe consentir a la adopción.
- La diferencia de edad entre el adoptante y el adoptado debe ser de, al menos, 15 años.
- No se acepta la adopción de más de un niño, excepto que sean hermanos o hijos del cónyuge.

TIPO DE ADOPCIÓN:

Se trata de un procedimiento administrativo, cuya primera fase consiste en una decisión de acogimiento pre-adoptivo, durante un período no inferior a seis meses, con el fin de constituir posteriormente la adopción en el país receptor. Cuando finaliza este periodo, si la adopción es aprobada (tiene el visto bueno) por las Autoridades Tailandesas de Adopción, entonces la adopción será simple o plena según las normas del país de recepción. Plena en caso de España.

CARACTERÍSTICAS DE LOS MENORES:

- Las adopciones internacionales son en su mayoría, de niños con necesidades especiales, que padecen generalmente enfermedades físicas o psíquicas.
- La mayoría de los niños adoptables tienen, en general, entre 2 y 5 anos (nunca menos de un año). -  Mayoritariamente son niños.

DOCUMENTACIÓN PARA EL EXPEDIENTE DE ADOPCIÓN:

Todos estos documentos deben ser traducidos,  legalizados y autenticados, así como traducidos al inglés o al Tai, el idioma oficial.

- Solicitud de adopción (formulario oficial).
- Certificado de nacimiento.
- Copia del pasaporte.
- Certificado de matrimonio o divorcio, en su caso.
- Certificado médico de buena salud física, estabilidad mental e infertilidad de los solicitantes, en su caso.
- Certificado de penales.
- Certificado de empleo e ingresos.
- Certificado de situación económica.
- Certificado de la propiedad de bienes.
- Autorización de entrada e residencia do menor en España ou requisitos de entrada en España.
- 2 cartas de recomendación.
- 4 fotografías tamaño carnet de cada solicitante y 8 fotografías de la casa e hijos, en su caso.
- Certificado de idoneidad.
- Informes psicosociales.
- Compromiso de seguimiento.
- Confirmación de la autoridad competente de que una vez finalizado el proceso de adopción, de acuerdo con la legislación tailandesa, también será reconocida conforme a la legislación española.



PROCEDIMIENTO Y SEGUIMIENTO:

Los adoptantes deben reunir todos los documentos que forman parte del expediente de adopción, traducirlos y legalizarlos. Una vez que el expediente esté completo debe presentarse en el Departamento de Menores de la Comunidad Autónoma correspondiente, y ésta lo remitirá al Ministerio de Sanidad Servicios Sociales e Igualdad en Madrid que lo remitirá al DEPARTMENT OF PUBLIC WELFARE (DPW) (Departamento de Desarrollo y Bienestar Social en Thailandia). 

El Departamento responsable de las adopciones en Thailandia estudia y valora el expediente, y envía al organismo competente en España la propuesta de asignación de un niño, con su biografía y fotografia. 

La aceptación de los solicitantes a esta propuesta se puede enviar al Departamento de Desarrollo y Bienestar Social tailandés por carta o telegrama (en inglés). A continuación el DPW (Departament of Public Welfare o Departamento de Seguridad Social)) enviará, al organismo competente en España, una invitación para viajar a recoger al niño/a.


Los padres (ambos) deben obligatoriamente desplazarse a Thailandia para firmar el correspondiente acuerdo y recoger al niño. El menor se desplaza a España para un periodo de prueba de al menos seis meses. Una vez en España, los acogedores deberán  informar a la autoridad competente para que pueda iniciarse el período de seguimiento. 

Las autoridades competentes deben enviar informes bimensuales para estudio por parte de las autoridades tailandesas con el fin de constituir la adopción en España. 

Cuando finaliza este periodo, si la adopción es aprobada por las Autoridades tailandesas, se promoverá la adopción ante las autoridades judiciales españolas. Una vez constituida la adopción, los padres adoptivos deben inscribirla en la Embajada Thailandesa del país de recepción. Entonces la adopción tendrá validez en Thailandia.

Una vez que esté constituida la adopción en España, el seguimiento consistirá en un informe bimensual durante seis meses.

AUTORIDADES COMPETENTES: 

Child Adoption Center
Department of Public Welfare
Rajvithee Home for Girls
Rajvithee Road
Bangkok 10400
Tel. (66)(2) 246-8651

ESTADÍSTICAS:

Adopciones desde EE.UU

Año 2014: 28 menores
Año 2013: 35 menores
Año 2012: 56 menores
Año 2011: 44 menores
Año 2010: 53 menores
Año 2009: 56 menores
Año 2008: 59 menores



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