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miércoles, 25 de febrero de 2015

Información sobre la adopción en Filipinas

Filipinas ratificó el Convenio de la haya el 2 de julio de 1996. Existe además un Protocolo sobre adopción internacional entre el Estado Español y la República de Filipinas del 12 de noviembre de 2002. La adopción internacional de españoles en Filipinas se abrió en el año 2009. Ese mismo año se produjeron un total de 148 adopciones por parte de españoles, cifra que se ha reducido a 53 en el año 2010.

Las solicitudes de adopción por parte de españoles pueden tramitarse tanto a través de protocolo público como a través de una de las ECAIS acreditadas en España.
(INFORMACIÓN ACTUALIZADA EN FEBRERO 2015)



QUIEN PUEDE ADOPTAR: 

- Tener al menos 27 años de edad.
- Estar casado por un tiempo mínimo de 3 años y en caso de que exista divorcio previo el tiempo es de 5 años.  Se aceptan parejas con un año de matrimonio si pueden acreditar su convivencia como parejas de hecho.
- En caso de divorcio de cualquier miembro del matrimonio, la duración mínima es de cinco años.
- Familias monoparentales, el ICAB ha comunicado que sólo les serán asignados menores considerados de “necesidades especiales”. Entendiendo éstos como niños mayores de seis años, con algún tipo de necesidad especial, minusvalía o grupos de hermanos. En la práctica estamos observando que, respecto a la edad, a las familias monoparentales no se les están asignando menores por debajo de 8 años.
- Se aceptan  familias monoparentales femeninas y su solicitud debe referirse a un niño o niña de entre 9-15 años de edad (requsito que entró en vigor en marzo del 2012).
- Nivel de estudios de bachillerato es el mínimo requerido a los solicitantes (en vigor desde marzo del 2012).
- Ingresos económicos mínimos  requeridos de US $40.000 (en vigor desde marzo del 2012)
- Capacidad de obrar y de asumir los derechos y responsabilidades inherentes a la autoridad parental y haber recibido el asesoramiento adecuado.
- No haber sido condenado por un delito que implique una conducta inmoral.
- Capacidad de proporcionar asistencia y manutención adecuadas y de transmitir los valores morales y el ejemplo necesario.
- Estar decidido a defender los derechos básicos del niño consagrados en la legislación Filipina, en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño y el  Convenio de la Haya y cumplir las normas y reglamentos de la disposiciones de la Ley de Adopción Internacional Filipina (RA 8043).
- Proceder de un país con el que Filipinas mantenga relaciones diplomáticas, cuya Administración Pública cuente con un organismo acreditado y autorizado similar y cuya legislación nacional permita la adopción.
- La diferencia máxima entre adoptante y adoptado ha de ser de 45 años.
- Sólo se puede adoptar transcurridos 2 años desde el nacimiento del último hijo biológico o de la anterior adopción (sea de Filipinas o de otro país). Podremos enviar el expediente antes, pero nunca nos asignarán un menor antes de las fechas indicadas. 
- Cumplir todos los requisitos y no tener ninguno de los impedimentos previstos en  la ley de Adopción Internacional Filipina y en la demás legislación filipina aplicable.

LISTA DE CONDICIONES MÉDICAS INACEPTABLES POR EL ICAB:
  • Complicación de Diabetes y/o síndrome metabólico
  • Obesidad (Índice de Masa Corporal deberá ser inferior a 35)
  • Cáncer
  • Transplante de riñón y cualquier transplante mayor (corazón, pulmón, hígado)
  • Marcapasos / hemorragia cerebral / infarto miocardio
  • Esclerosis múltiple y otros trastornos degenerativos musculares
  • Trastornos de autoinmunidad
  • Factores de riesgo que puedan impedir el cuidado de un menor (por ejemplo ceguera, sordera, ligado  a silla de ruedas)
  • Hepatitis C
LISTA DE CONDICIONES PSICOLÓGICAS INACEPTABLES POR EL ICAB:
  • Trastornos psiquiátricos
  • Trastornos emocionales / trastornos depresivos mayores
  • Trastornos de ansiedad
  • Trastornos por uso de substancias
  • Trastornos sexuales
  • Estos requisitos responden a la última modificación realizada por el ICAB en febrero de 2013. ACI no puede garantizar que estos requisitos puedan o no ser modificados con posterioridad.


QUIEN PUEDE SER ADOPTADO:

- Filipinas es un país mayoritariamente católico y donde la religión tiene aún un peso crucial en la sociedad, la política y las instituciones. La mayoría de los centros de protección de menores (exceptuando los públicos) son gestionados por órdenes religiosas que consideran que el menor debe proseguir su desarrollo en una familia que profese las mismas creencias.
- De los menores susceptibles de ser adoptados la mayoría son niños.
- Cuando uno de los solicitantes, especialmente la madre, tenga más de 43 años, se asignará un/a menor mayor de dos años.
-Se pueden adoptar grupos de hermanos o compañeros de orfanato. 

DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL EXPEDIENTE:

Todos los documentos que forman el expediente deberán ser legalizados y pasar por traducción jurada al inglés. 

- Certificado de idoneidad
- Informe psicosocial
- Formulario del ICAB, con una declaración jurada
- Pasaporte de cada adoptante
- Certificado Literal de Nacimiento
- Fe de Vida y Estado (para familias monoparentales)
- Certificado de Matrimonio
- Certificado de Penales de cada adoptante
- Certificado Médico de cada adoptante
- Sentencia firme de divorcio si se hubiera producido
- Última declaración de la renta.
- Autorización de entrada del menor en España
- Compromiso de seguimiento
- Fotografías de los adoptantes, su familia y entorno.
- Certificado de ingresos: Se deberá consignar profesión, categoría profesional, cargo, antigüedad, tipo de relación laboral (indefinida, eventual, funcionario, etc), los ingresos brutos anuales (en euros y dólares) y la perspectiva de continuidad en el trabajo.
- Carta de un tutor nombrado para el menor en caso de muerte o incapacidad de los padres adoptivos.
- En caso de tener hijos biológicos o adoptados mayores de 10 años, un escrito con el consentimiento de la adopción por su parte, realizado con el previo asesoramiento un/a trabajador/a social.
- Carta de referencia o recomendación por parte de:
  • Sacerdote de la parroquia
  • Director/a o jefe del/de la solicitante
  • Miembros de la comunidad que conozcan a los solicitantes desde, como mínimo, cinco años. No pueden ser miembros de la familia. 
Una vez que la familia cuenta con la asignación de un menor deberá presentar:

- Un documento de reagrupación familiar expedido por la Subdelegación de Gobierno provincial
-  4 fotografías recientes.

CRITERIOS DE SELECCIÓN DE FAMILIAS:
Se priorizan las solicitudes que demanden la adopción de menores con necesidades especiales (menores de 6 años en adelante).
Se prioriza a las parejas, y dentro de estas, por el siguiente orden:
1. parejas formadas por ambos cónyuges de origen filipino.
2. parejas formadas por un cónyuge de origen filipino.
3. parejas filipinas que hayan adoptado un niño o una niña.

PROCEDIMIENTO Y SEGUIMIENTOS:
Al presentar el expediente la familia deberá abonar 200$ USA, al aceptar la asignación deberán abonar 2000$ USA al ICAB.

La adopción internacional en Filipinas no es plena por eso se lleva a cabo en tres fases.

1) El expediente de adopción internacional se presenta y tramita ante el Intercountry Adoption Board (ICAB), único organismo competente en Filipinas para la resolución de procesos de adopción. Todas las solicitudes de adopciones en Filipinas gestionadas por las distintas Comunidades Autónomas o Entidades Colaboradoras de Adopción Internacional (ECAIs) acreditadas por el Ministerio de Sanidad y Política Social se remiten y se tramitan en y con el ICAB.

Las solicitudes que llegan al ICAB se estudian y se aprueban en un plazo de un mes desde la recepción de la solicitud. ICAB entonces comunica la aprobación (o denegación) de la solicitud a los PAP (Prospective Adoptive Parent/ Padres Aspirantes a la Adopción) a través de la ECAI o a la Comunidad Autónoma correspondiente. A los aprobados los incluyen en la lista de “Roster” para la asignación de niños. En un curso normal, tardan 1 – 2 años hasta que se le asigne un niño a una familia, pero es posible también que tarde más según la disponibilidad de niños solicitados.


Una vez asignado el niño, el ICAB se lo comunica a la ECAI o a la Comunidad Autónoma correspondiente para que asimismo informe a los PAP. Entre la asignación y la comunicación a las autoridades competentes, no deberían pasar más de 5 días. Todas las comunicaciones relacionadas con la gestión de adopción siempre se cursarán a través de ICAB y de la entidad española o la Comunidad Autónoma correspondiente.

A los adoptantes se le conceden 15 días para enviar a ICAB la aceptación de la asignación y los pagos correspondientes. En el caso que los aspirantes soliciten más información sobre el niño asignado, se alargará el plazo hasta 30 días. En el caso contrario, la asignación se cancelará si no se recibe la aceptación transcurrido el plazo de 15 días.

Una vez recibida la aceptación de los adoptantes, el ICAB deberá expedir el “Placement Authority” dentro de un plazo de 5 días y proceder con la tramitación de los requisitos para la expedición del visado. ICAB fija en unos 3 meses el plazo que transcurre desde la expedición del “Placement Authority” hasta la entrega de los documentos al Consulado General de España en Manila para la expedición del visado del menor.
No es el Consulado General en Manila que comunica a los PAP cuándo deben viajar a Filipinas para recoger al menor sino el ICAB. Los PAP deberán viajar dentro de 30 días desde la comunicación de los planes. El incumplimiento del anterior, anula el “Placement Authority” expedido.

2) En la segunda fase la familia viaja al país a buscar al menor después de la asignación, el vínculo legal entre los padres y el menor es a través de una custodia. El menor sale de Filipinas con un pasaporte filipino y visado de reagrupación familiar para adopción.

3) Una vez la familia ha llegado a España, se deben realizar tres seguimientos del menor bimensuales durante los seis primeros meses y enviarlos al ICAB (Intercountry Adoption Board).​ para que éste emita una resolución de aceptación para la adopción (affidavit). Con este documento se inician los trámites de adopción plena en los juzgados españoles. El menor mantiene la doble nacionalidad hasta que cumpla los 18 años.

PLAZOS DE ESPERA:

La media de duración de una adopción en Filipinas viene a ser de entre 2 años y medio a 3 años, aunque algunos expedientes han llegado a tardar hasta 4 años principalmente porque hay menos niños entregados para la adopción internacional.


VIAJE:

La familia adoptiva realiza un único viaje a Filipinas y la estancia en el país es aproximadamente de 10 días.

ECAIS:

En 2012 el ICAB estableció un sistema de cupos para las Ecais que tramitan expedientes de adopción, de manera que el número de solicitudes que se pueden presentar cada año son limitadas.
Actualmente en España tramitan adopciones en Filipinas:

Ecai Genus (Cataluña) 
AAIM (Aragón y Andalucía)
ACI (Madrid, Galicia)
Creixerjunts (Cataluña, Baleares, Andalucía y Madrid)
ANDAI (Murcia)

AUTORIDADES COMPETENTES:

La autoridad central de las adopciones en Filipinas, en general, es el Departamento de Bienestar Social y Desarrollo (DSWD), pero la de la adopción internacional es la Junta de Adopción Internacional (ICAB-Inter-country Adoption Board), como se establece en el Convenio bilateral entre España y Filipinas (Protocolo sobre la Adopción Internacional entre España y Filipinas). 

Consulado de España en Manila. 
A.C.T. Tower. 5ª planta, 135 Senador Gil J. Puyat Avenue. 
1227 Makati.
Manila. Filipinas.

ADOPCIÓN NACIONAL:

Los españoles que llevan residiendo al menos 3 años en Filipinas y desean adoptar a un menor filipino, tienen la posibilidad de tramitar la solicitud en Filipinas. En este caso se trataría de una adopción local. La ley filipina que rige la adopción local es el Philipppine Republic Act 8552

domingo, 28 de septiembre de 2014

La aplicación del Convenio de La Haya reduce las posibilidades de adopción

Adoptar un hijo supone un largo camino. Es un recorrido extenuante con permanentes dificultades y puertas que se abren y cierran sin una lógica aparente. La adopción internacional es aún más compleja.

En Vietnam el Convenio de La Haya sobre la protección de la infancia de 1993 no entró en vigor hasta 2012. Y desde entonces toda adopción internacional está bloqueada. No se sabe cuantos huérfanos hay en Vietnam. Se cree que más de un millón y medio. La cifra real se ignora porque solo se censan los niños acogidos en orfelinatos del Estado, y tan solo hay diez en todo el pais.

Hay cuatro centros de acogida en Ho Chi Minh pero existen decenas de establecimientos no controlados, ilegales muchos de ellos, donde se refugian centenares de niños que no tienen familia ni la tendrán.

Sylvie y Cédric han tenido suerte y lo saben. Viven en un pueblo de la Alta Saboya. Son padres desde 2008. Tardaron cinco años en adoptar a Paul y Charline en Vietnam. Han vivido el proceso como un recorrido iniciático lleno de sufrimiento e infinita felicidad al final.

Cédric explica: “Es todo un camino, no se recorre en un día. No es algo en lo que se piense de pronto cuando se quiere tener un hijo, ¿no le parece?”.
Su mujer, Sylvie, lo recuerda así: “El niño no llegaba. El tiempo pasaba y al final nos decidimos por la adopción porque cuando estás en tratamiento médico eres un sujeto pasivo, aceptas todo. Pensar en adoptar es actuar; nos cogimos de la mano y nos dijimos: vamos allá. En algún sitio hay un niño que necesita una familia. ¿Por qué no ser nosotros sus padres? Da igual que tenga cinco o seis años, después de todo le esperamos tantos años como tiene”.

Y esa es la media: de cinco a seis años. A veces más, rara vez menos. Una vez otorgada la adopción después de nueve o diez meses empieza la larga espera. Pueden pasar años. E incluso una vez que la pareja ha obtenido el permiso la espera no ha acabado.

Sylvie recuerda muy bien el largo y penoso camino vivido: “Nos dan el visto bueno, esperamos meses y aquí viene el periodo más dificil para mí. Nos atribuyen un hijo, nos comunican su identidad, su edad … y hay que seguir esperando. Sufrimos todo eso, lo sufrimos, una espera es algo duro cuando se vive en estado de sufrimiento. ¿Si el niño nos espera por que no podemos ir a buscarle? ¿Cómo estará? ¿No se encontraría mejor con nosotros? y no tienes ningún contacto con el orfelinato, ninguno”.

Sylvie y Cédric fueron a Vietnam dos veces. Tras once meses de espera, el telefonazo salvador. Tienen tres semanas para ir a recoger a su hijo del que ignoran todo o casi todo de sus primeros 18 meses de vida.

El encuentro con su hijo les quedo marcado. Para Sylvie: “fue muy emocionante porque no le conocíamos. No teníamos ninguna foto, no sabíamos como era y había muchos niños en la misma sala y de pronto nos dicen: es este. Y ya no miras a ninguno más. Nos acercan al niño y ya es nuestro. Es algo mágico”.

Cédric admira la fuerza de los niños: “Son niños, son supervivientes, todavía están ahí, están ahí a pesar de haber sido abandonados. ¿De donde les viene esa fuerza que tienen cuando se encuentran con sus futuros padres?

Supervivientes … los vimos en Vietnam. Esos niños jamás compartirán el mismo destino de Paul y Charline. Es más que probable que pasen su infancia en una callejuela de Ciudad Ho Chi Minh, entre las cuatro paredes de un edificio insalubre. Y es verdad que lo primero que choca en estos niños es su fuerza, su energía interior y su vinculación inmediata al visitante, al que no han visto en la vida.

Hoa Mau Dơn es una residencia particular. La financian los vecinos del lugar. Pham Thien Don le dirige desde hace 16 años: “Son pocos los orfanatos que tienen autorización, la licencia para criar a los niños como aquí. Muchos lo hacen bajo cuerda. Simplemente recogen a los niños y los crian. Y la diferencia de los lugares que pertenece al Estado, al Gobierno, es que tienen licencia para conceder la adopción. Esto es privado “

Como confirma la autora de este reportaje, Sophie Desjardin: “Es difícil saber cuantos sitios como este existen en Vietnam y cuantos niños crecerán sin familia. Estos niños no son adoptables pero aunque lo fueran, la adopción internacional está muy restringida desde la entrada en vigor de la ley de 2012”.

Además los abusos se multiplican. Hay ventas de niños a parejas extranjeras dispuestas a pagar. La directora Phạm Thien Don lo deja entrever: “Suelen visitarnos parejas de extranjeros. Saben que para adoptar tienen que ir a otros sitios pero sí, algunos vienen y tratan de comprar a los niños. No lo permitimos. En otros sitios, sí”.

Pese a que los niños de los orfelinatos oficiales son adoptables, pocos lo han sido en estos últimos años. Han disminuido de 469 en Francia en 2010 a 89 en 2013.

Los niños de Hao Mau Don, de 10 a 18 años no tienen ninguna posibilidad de ser adoptados. En esta casa viven 70 niños. No pueden ser ofrecidos en adopción. Los cuidan cinco personas sin especial cualificación. Aquí hace falta de todo. La mayor parte de los niños han sido abandonados.

Dominique Broncard, lleva 12 años al frente del centro. Paga los gastos de escolaridad de los niños. Explica las dificultades de la adopción. Broncard recalca que “Las madres no los quieren. Aquí una madre soltera no encontraría marido. Además en Vietnam si muere uno de los padres y el otro quiere casarse de nuevo … en general los hijos del primer matrimonio van a parar a sitios como este, al orfanato”.

Y subraya que no hay posibilidad alguna de que sean adoptados: “¿Adoptados por quien, por vietnamitas? ¿Hay muchos vietnamitas aptos para adoptar niños? ¿Adoptados por extranjeros? Los vietnamitas están muy apegados a su tierra, tienen sus raíces y no sé si estarían bien lejos. Hasta 2007 o 2008 teníamos 40 niños en el orfelinato, los conocíamos bien. De 70 niños ya nos ocupamos algo peor”.

Ese es el objetivo del Convenio de la Haya: que siempre que sea posible el niño siga en su país de nacimiento. Hasta los tres años no son adoptables fuera de su país. Resultado: de 2005 a 2010 las adopciones en los cinco principales países de acogida han disminuído el 36%.



La experta en adopciones Grâce Dersy, lo resume: “Lo que pasa es que los países de origen antes de dar un niño en adopción al extranjero quieren ofrecerla en su propio país. Sin embargo la baja de adopciones es constante desde hace una serie de años. Los países quieren ofrecer un perfil de niños crecidos o de niños con necesidades especiales, con alguna discapacidad. Y lo que vemos es que lo que quieren las familias francesas, la mayoría de ellas, son bebés sanos, lo que no va a encajar con las propuestas de los países que dan niños en adopción”.

Una situación de estancamiento, mala para todos. Los padres potenciales se desaniman. Los orfelinatos se saturan.

Cédric tiene vivo el recuerdo de su proceso de adopción: “Me pongo en el lugar de los padres que quieren adoptar y a los que les cierran todas las puertas. La verdad es que es triste … no sé cómo van a ir las cosas”

Mientras, en países como Vietnam, niños sin padres no serán adoptados por residentes locales. Están condenados a seguir viviendo en el orfelinato.

FUENTE: EURONEWS

domingo, 16 de febrero de 2014

Información sobre la adopción en la India

El gobierno de La India levanta la suspensión para las solicitudes de adopciones internacionales. El 30 de noviembre de 2012 el organismo responsable de las adopciones en el gobierno indio, el CARA anunciaba la suspensión temporal de las adopciones internacionales y el 28 de marzo de 2013 levantaba la suspensión solo para los casos de adopciones de niños con necesidades especiales.

El pasado 3 de febrero el CARA anunciaba que abría de nuevo el registro para las agencias de adopción y las Ecais  internacionales y que admitirá 50 registros mensuales de niños que saldrán adoptados en el extranjero, sin la obligatoriedad de que se trate de menores con necesidades especiales.La India firmó el convenio de La Haya,
(Información actualizada en febrero 2014)


QUIEN PUEDE ADOPTAR

Para adoptar a un menor de la India no es necesario ser residente en el país, aunque algunas Ecais establecen como norma que las familias adoptivas deben permanecer al menos una semana en el país conviviendo con el menor antes de viajar al extranjero.

- La edad de los padres adoptivos de ser al menos de 25 años  no más de 50.
- Los matrimonios no pueden tener una edad media de más de 90 años
- Los adoptantes de menores de más de 3 años deben tener al menos 25 años y no más de 55 años
- Los adoptantes solteros deben tener más de 30 años y menos de 50 años, en el caso de adopción de niños de menos de 3 años los adoptantes no pueden tener más de 45 años.
- Los matrimonios deben tener una antigüedad de al menos 5 años.
- No se admiten solicitudes de parejas o matrimonios del mismo sexo

QUIEN PUEDE SER ADOPTADO:

- Sólo pueden ser adoptados los menores de 18 años considerados adoptables por las autoridades indias.

DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE DEL EXPEDIENTE: 

Todos los documentos deben ser apostillados y traducidos al ingés.

- Informe psicosocial
- Certificado de idoneidad
- Fotografías familiares recientes
- Certificado de matrimonio
- Certificado médico
- Última declaración de la renta
- Certificado de nacimiento de cada adoptante
- Pasaporte
- Certificado de antecedentes penales
- Tres Cartas de recomendación apoyando el proceso adoptivo


PROCEDIMIENTO DE ADOPCIÓN:

Los procesos de adopción internacional en la India deben llevarse a cabo a través de una Ecai acreditada por el gobierno indio.
El CARA es el encargado de buscar a un menor adoptable para cada solicitante después de estudiar el expediente de adopción.

Las autoridades indias tratan de buscar primero una familia India para los niños abandonados. En caso de no encontrarla buscan como segunda opción a una familia india que resida en el extranjero y que solicite la adopción de un menor. Si no existe esa posibilidad es cuando el menor sale en adopción para una familia de otra etnia que resida en el extranjero.

Es a partir de ese momento cuando comienza el procedimiento de adopción internacional.
Para adoptar a un menor el CARA debe emitir un documento llamado "NOCs" que significa que no se han presentado objeciones para la adopción del menor.

La solicitud de adopción pasa entonces al tribunal indio de jurisdicción que publicará la solicitud de adopción del menor. Este procedimiento require al menos de dos meses.
Ningún menor puede salir en adpción de la India sin contar con una orden judicial favorable y son el NOC's correspondiente.

SEGUIMIENTO:

Los padres deben comprometerse a remitir informes postadoptivos periódicos conforme al Convenio de La Haya. Los informes deben realizarse cada seis meses durante dos años.


miércoles, 9 de octubre de 2013

Nueva Ley Vietnamita de Adopciones

El Departamento de Adopciones de Vietnam celebró, durante el mes de agosto, una conferencia con las agencias de adopción internacional acerca del Convenio de la Haya en relación con la nueva Ley Vietnamita de Adopciones.

Las conclusiones de esta conferencia, publicadas por el DA, son las siguientes:

1.En cuanto al apoyo de las entidades de adopción internacional referentes a la búsqueda de familias para niños discapacitados, enfermos, mayores, o grupos de 2 o más hermanos:

A. En la actualidad, en  los casos de menores enfermos o discapacitados de la lista 2, el Departamento de Adopciones acepta que las agencias de adopción presenten expedientes de familias que están dispuestas a adoptarlos, teniendo en cuenta informes sobre la salud del menor.
B.En los casos de niños de 5 o más años, y grupos de 2 o más hermanos, también de la lista 2, el Departamento seleccionará a la familia más conveniente, de entre las previamente registradas, independientemente de la sugerencia de la entidad.
C.Cuando los niños padecen enfermedades que no pertenecen claramente a la lista 2, el Departamento, después de consultar a especialistas médicos, incluirá a los menores en la lista 1 ó 2, y, en este último caso, asignará al niño a la familia que considere más conveniente, también de entre las previamente registradas, independientemente de la sugerencia de la entidad.

2. En cuanto a la entrega de expedientes de solicitud de adopción y revisión:

A. El Departamento de Adopción acepta recibir expedientes de familias que están dispuestas a adoptar niños de la lista 2, incluso cuando el DA non disponga aún del expediente del menor, pero avisará de la cantidad de expedientes para niños de la lista 2 que pueden entregar las entidades, según los grupos de enfermedades.
B. Cuando los padres solicitan menores de la lista 2 y, a su entrega, detectan otra enfermedad, o más grave, y renuncian a esta asignación, pero desean continuar con el procedimiento con otro menor de la lista 2, el Departamento de Adopción revisará cada caso concreto para decidir si la familia continúa o no.

3.Cuestiones económicas:

A. La Ley de Adopciones y la restante normativa, regulan la cantidad económica y el órgano receptor, en el caso de adopción. Además, las familias pueden realizar donaciones voluntariamente a los orfanatos.
B. Las entidades que lleven a cabo proyectos humanitarios de ayuda al desarrollo, no podrán firmar directamente con los orfanatos, sino  con el organismo gerente de estos, pudiendo constar claramente el nombre del orfanato beneficiario del proyecto.